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¿CÓMO SUPERAR UN CONCURSO DE ACREEDORES?

PROBLEMÁTICA FRECUENTE EN EL ÁMBITO CONCURSAL

¿Ha pensado en qué ocurriría si no pudiese pagar a sus empleados o proveedores?
¿Qué ocurre si su empresa se encuentra en situación de insolvencia?
¿Hay alguna forma segura de superar el concurso de acreedores evitando así la liquidación de la empresa?

Estas todas, son cuestiones a las que ningún empresario quiere enfrentarse, pero para las que conviene estar preparado.

Hay veces en que las situaciones de insolvencia devienen de forma insalvable, y es por eso que la empresa ha de contar también con un “Plan B de ruta[1], es decir, un procedimiento que permita a la compañía salir adelante tras lo que antes se conocía como suspensión de pagos, para esto las empresas deben llevar a cabo cuatro puntos clave: solicitar el concurso con antelación, disponer de suficientes recursos propios, mantener la producción y diseñar un plan de viabilidad.[2]

Las pequeñas y medianas empresas, por sus dimensiones, estructura, divisiones y nº de empleados, gozan de más “maniobrabilidad” frente a las situaciones de insolvencia, es decir, que podrían incluso aprovechar estas situaciones si se dan para reestructurar su deuda, cambiar su enfoque y variar sus mercados y clientes objetivos, garantizando así la viabilidad de la empresa en el medio y largo plazo.[3]

Según ALJANDRO MAGNET, profesor de finanzas en EOI,  en España sobreviven menos del 10% de las empresas que entran en concurso (Datos de 2017), pero aquellos negocios que son capaces de anticipar los problemas y realizan una buena gestión del proceso consiguen salir incluso reforzados, siempre y cuando lleven a cabo las siguientes actuaciones.

Aquí os dejo una guía práctica, a grandes rasgos, de consejos para lidiar de la mejor forma con los concursos de acreedores fruto de las situaciones de insolvencia:

  1. Solicitud del Concurso de Acreedores con antelación suficiente.

Todos los expertos coinciden en señalar que la mayoría de empresas solicita el concurso de acreedores al Juzgado Mercantil cuando es demasiado tarde. “Hay que acudir cuando se anticipa que va a haber problemas de tesorería, no cuando las deudas se echan encima”, aconseja ALBERTO FERNÁNDEZ TERRICABRAS, profesor de contabilidad en IESE.

Pero, ¿Cuál es la antelación necesaria? ALEJANDRO MAGNET recomienda al menos seis meses antes de que se vaya a producir el primer incumplimiento en los pagos.

¿Por qué? El principal motivo de esta antelación es que mientras dure el proceso, el negocio verá cómo se cierran todas las fuentes de financiación y necesitará recursos propios para seguir con su actividad. La travesía no será fácil.

“El concurso genera caja para la empresa”, defiende ALBERTO FERNÁNDEZ TERRICABRAS, y es que que al iniciar este proceso la empresa congela automáticamente el pago de todas las deudas que ya tenía (aunque tiene que seguir abonando las que adquiera a posteriori) y puede quedarse con un capital que necesitará más adelante.

¿Debe la empresa “ocultar” estos apuros a sus acreedores? No, pues los expertos coinciden en que en estos procesos el componente emocional es muy importante, por lo que conviene explicar los problemas desde el principio, con una actitud de transparencia y honestidad que refleje la voluntad de llegar a una solución satisfactoria para todos.

Por contra, los mails y llamadas sin respuesta provocan que los demandantes no se sientan comprometidos con la viabilidad de la firma. Hay que tener en cuenta que un acreedor también puede solicitar que la compañía entre en concurso forzoso, lo que le dará prioridad en el cobro de las deudas, aunque esto es poco habitual debido a que este proceso tampoco les interesa, pues creen que si esto provoca la liquidación de la firma, se quedarán sin cobrar las deudas. Incluso en el mejor de los casos, tendrán que esperar mucho tiempo y realizar demasiados trámites.[4]

  1. El Preconcurso de Acreedores:

Una de las principales novedades en la regulación es la introducción del preconcurso de acreedores, durante la cual la empresa está legalmente protegida, es decir, no le pueden provocar un proceso forzoso, antes de entrar oficialmente en el concurso.

“Es una forma de avisar a los acreedores de que la situación es grave, lo que hace que sean más proclives a aceptar acuerdos”, JAVIER CRESPO, 2017.

En esta etapa, la PYME dispone de un plazo de sólo cuatro meses (tres más uno de “gracia” realmente) para alcanzar un pacto con sus acreedores si quiere evitar el concurso. Aunque no consiga alcanzar una solución con todos, es interesante negociar convenios individuales que permitan aplazar parte de las deudas, haciendo así que el proceso posterior sea más sencillo.

Pero, ¿Por qué es tan interesante la opción del preconcurso de acreedores? Porque de lograrse éste se evita iniciar el proceso de concurso de acreedores, administrativamente mucho más complejo y largo, y que además implica el cambio del órgano de gobierno de la empresa por una administración concursal, mientras que con la situación de preconcurso se mantienen intactos los administradores actuales de la empresa.

Aun así, si en esos tres meses legalmente establecidos no se logra desbloquear la situación, la empresa dispone de un mes adicional para declarar en el juzgado, entonces sí, la situación definitiva de concurso de acreedores.[5]

  1. Apertura del proceso:

Una vez que ha concluido la fase previa, la compañía entra oficialmente en concurso de acreedores. En este caso, el juez nombrará a un Administrador Concursal[6] cuya labor será supervisar las operaciones de la empresa, si el proceso ha sido voluntario; o asumir directamente el control, si ha sido forzoso.

Posteriormente la empresa tendrá que proporcionar un listado de los pagos que tiene pendientes. Luego serán los acreedores quienes presentarán las deudas que reclaman y, en caso de que las cantidades no coincidan, el juez tendrá que dictar sentencia.[7]

¿Y cuánto dura todo esto? La duración de estos trámites puede ser bastante larga, aunque también varía mucho según el juzgado. La compañía en concurso tendrá que asumir, además de los honorarios de su propio abogado, los del administrador concursal y el resto de gastos provocados por los diversos trámites que implica el proceso.

  1. Diseño del plan de viabilidad:

Para asegurar la supervivencia de la compañía y que los acreedores tengan la garantía de que van a cobrar, la empresa debe diseñar un plan de viabilidad. ¿Qué es esto? “Es algo similar a un business plan, pero prestando una atención especial a los flujos de caja, los cobros y pagos previstos”[8].

Lo habitual es que la empresa deba reorientar su actividad con la apertura de nuevos mercados o lanzando nuevos productos, mientras que habrá que detener la fabricación de aquellos que resulten deficitarios.

¿Cómo debe de ser un plan de viabilidad? “Lo importante es que este programa sea creíble y convenza a todas las entidades y acreedores”, destaca JOAN MASSONS, profesor del departamento de finanzas y contabilidad de ESADE. Es mejor diseñar un plan prudente que conceda margen de reacción para salvar los obstáculos que, casi inevitablemente, surgirán en el camino. Además de la viabilidad del proyecto, los acreedores también valorarán al equipo directivo encargado de llevarlo a cabo, para lo que es recomendable tener responsables con suficiente experiencia. Muchas veces las empresas tienen que realizar reducciones de plantilla, por lo que es fundamental explicar a los empleados que se trata de una medida necesaria para evitar el cierre definitivo de la compañía. Es fundamental que la producción no se detenga en ningún momento del proceso. Los proveedores solicitarán el cobro a corto plazo, por lo que hay que asegurarse de tener liquidez suficiente y buscar fórmulas que permitan pagar a medida que se venden los nuevos productos. También habrá que limitar gastos, como la inversión en equipamiento.

Otro problema habitual es que, ante la posible quiebra de la empresa, algunos clientes busquen nuevos socios que les garanticen el suministro o intenten posponer el pago de sus deudas con la esperanza de liberarse de ellas si la firma quiebra. En ambos casos, la mejor solución es transmitir confianza, explicar con transparencia el plan de viabilidad y garantizar que la compañía seguirá con su actividad.

  1. Negociación con los acreedores:

El plan de viabilidad sirve en última instancia para garantizar la supervivencia financiera de la empresa, para lo que muchas veces los acreedores deben aceptar quitas parciales de la deuda.

Será necesario negociar con ellos tanto el porcentaje que finalmente se va a pagar como los plazos, y para ello, es mejor contar con algún experto en finanzas que sepa cómo conducir estas conversaciones y les transmita confianza.

El objetivo de los gerentes es que el proyecto de viabilidad que presenten sea aprobado por al menos el 51% del saldo acreedor (es decir, aquellos que tengan más de la mitad de la deuda).

Pero hay que ir con cuidado, pues en caso de que no se apruebe el primer convenio presentado de forma oficial, la firma irá a la liquidación, lo que implica que no habrá posibilidad de realizar una segunda propuesta.

Hay que asegurarse por lo tanto de acudir a la reunión con mayoría suficiente de votos. La recomendación pasa por empezar la negociación por aquellos más proclives al acuerdo, aunque centrándose a poder ser en los acreedores estratégicos, que son aquellos con mayor volumen de deuda o los que, como un proveedor clave, son esenciales para que la empresa mantenga su actividad.

Una vez aprobado el convenio, la compañía tendrá que asegurarse de cumplir con los pagos en el plazo establecido, pues cualquier retraso puede provocar que se fuerce la liquidación. Una vez realizado el último desembolso, el juez decretará el fin del concurso y la firma podrá retomar su actividad, libre por fin de la supervisión de sus acreedores.[9]

[1] Denominación y cursiva propias.
[2] En base al artículo para Expansión de IGNACIO BOLEA, “Guía de Gestión para PYMES para superar el concurso de acreedores”, del 10 de Abril de 2017.
[3] Opinión de ALEJANDRO MAGNET, profesor de finanzas en el EOI. Recogida por Expansión el 10/04/2017.
[4] Opinión al respecto de JAVIER CRESPO, Socio Abogado de SOLVENTIUM ABOGADOS, expresada en el diario Expansión en su Guía para PYMES para superar un concurso de acreedores.
[5] En base a la aclaraciones sobre los Preconcursos de Acreedores del equipo de Selfbank en su blog jurídico-económico.
[6] Incidiremos más en profundidad en esta figura en otra entrada.
[7] SARA GÓMEZ, Abogada de SOLVENTIUM ABOGADOS en la Guía de PYMES para superar un Concurso de Acreedores de Expansión.
[8] ALBERTO FERNÁNDEZ TERRICABRAS, profesor de contabilidad en IESE, aportación en la Guía de PYMES para superar un Concurso de Acreedores de Expansión.
[9] En base al artículo para Expansión de IGNACIO BOLEA, “Guía de Gestión para PYMES para superar el concurso de acreedores”, del 10 de Abril de 2017.

Artículo realizado por el Socio Auditor y Administrador Concursal: Don Francisco Tomás Iñigo Valdivia.

  • Más de 26 años de experiencia como Auditor y más de 10 años trabajando como Administrador Concursal.
  • "Espero que este tipo de entradas os resulten interesantes, útiles, y sobretodo, prácticas. Trato de que supongan un valor añadido para todo aquél que las lee".
  • "Pese a que estos artículos pretenden ser de lo más divulgativo, desde la firma estamos a la entera disposición de cualquiera que tenga dudas al respecto de estos procedimientos, y estaremos encantados de ayudaros a solventarlas".
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