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LA ACTIVIDAD CONCURSAL EN ESPAÑA: EVOLUCIÓN Y ANÁLISIS

¿Cómo ha ido evolucionando la actividad concursal de nuestro país desde los "tiempos de crisis"? ¿Cuáles han sido las lecciones aprendidas? ¿Qué nos queda por mejorar en este sentido?

Todas estas cuestiones serás aboradas en el presente artículo;

Como es lógico, la evolución de la Actividad Concursal, tanto en términos cuantitativos como cualitativos, está  ligada a la evolución misma de la economía en líneas generales, es decir, al estado de nuestra economía en términos micro y macroeconómicos.

Así pues, los periodos de crecimiento o estabilidad económica, de "tranquilidad y bonanza" se saldan con un número bajo de empresas concursadas y escasos problemas relacionados con la insolvencia (siempre los hay), mientras que en los periodos de crisis y posteriores, por ejemplo el de la crisis financiera acontecida en 2008, son en los que tienen lugar con mayor frecuencia las situaciones de insolvencia, disparándose el número de empresas concursadas. Esto es precisamente lo que hace reaccionar a los legisladores, poniendo estos  su foco en materia concursal, tratando se subsanar las deficiencias legales que se encuentran en la práctica, en aras siempre, de la optimización de la ley concursal.

Esto es lo que explica que el órgano de Administración Concursal como tal y su ley regulatoria, con origen en julio de 2003 (Ley Concursal 22/2003), acumulen hoy en día, en poco más de 13 años de existencia, más de 20 modificaciones o reformas, coincidiendo los expertos en que siempre que se ha introducido algún cambio, ha sido para tratar de variar una alarmante realidad. Es decir, que podríamos considerar que estamos ante una auténtica "ley de ensayo y error".

Siguiendo esta línea, nos son de utilidad los siguientes gráficos, en los que se representa el número de sociedades concursadas por año en base a su actividad económica principal, a nivel global y por sectores, en la economía nacional. Toda una radiografía de la Actividad Concursal en nuestro país, y  por ende, de la evolución de la salud económica de España.

EVOLUCIÓN DE LA ACTIVIDAD CONCURSAL EN ESPAÑA

La Ley 38/2011 de 10 de Octubre de Reforma de la Ley Concursal procuró, en vista de las notables deficiencias prácticas que tenía la ley concursal anterior, una mayor profesionalización de la Administración Concursal, extendiendo los supuestos en que ésta estaría integrada por un único miembro para simplificar el proceso y reducir sus costes, y promoviendo el reconocimiento de la persona jurídica como Administrador Concursal, que actuarían mediante sociedades profesionales.

¿Pero realmente se alcanzó este objetivo de profesionalización en la administración concursal? ¿Se consiguieron agilizar y simplificar estos procesos? ¿El Administrador Concursal como Persona Física ha sido realmente reemplazado en las adjudicaciones por Sociedades Profesionales de Administración Concursal?

Una de las formas de responder a estas preguntas es mediante el estudio de las últimas adjudicaciones de concursos de acreedores. Así, tomando como referencia los juzgados de Madrid y Barcelona, apreciamos como, en mientras que en la capital de 504 procedimientos concursales declarados en 2016, 101 tuvieron como Administrador Concursal (AC) a una (SLP), en 394 de los casos se nombró a una persona física (PF) como AC. En la ciudad condal por otra parte los procedimientos fueron 466, con 243 de ellos adjudicados a SLP y los 198 restantes para AC personas físicas. (Datos del Estudio de Nombramientos en Administración Concursal de INSOLNET de 2016 en las tablas adjuntas).

¿Y qué hay de las empresas en concurso en la actualidad? ¿Cuál es el perfil más generalizado de éstas? ¿Se están beneficiando efectivamente de los cambios implementados? Si analizamos los datos del pasado año 2016, comprobamos que de las exactamente 4.080 empresas concursadas durante el año,  cerca de 1.500 de éstas, es decir el 36,76%,  no llegaban a los 250.000€ de facturación, y que tan solo 158 de estas empresas facturaban más de 5 millones de euros. Es decir, solo el 3,87% del total.

Además, los sectores que más concursalidad siguen presentando son el Comercio (856 empresas concursadas en 2016) y la Construcción (739). (Datos del INE en 2016).

ADJUDICACIÓN DE CONCURSOS EN ESPAÑA: AC Y CARACTERÍSTICAS DE ÉSTOS

CONCLUSIONES TRAS EL ANÁLISIS

¿Cuáles son las conclusiones que sacamos tras analizar a grandes rasgos los que han sido los cambios normativos más notables en materia concursal en los últimos años y la evolución de la propia actividad concursal? Es decir, las “asignaturas pendientes” en materia concursal, y que el legislador ha pretendido subsanar durante estos años con sus continuas modificaciones.

En mi opinión, estas asignaturas pendientes son:

  • El alto porcentaje de concursos de acreedores que acaban en liquidación. (El pasado año , nada más y nada menos que un 95% según datos del Instituto Nacional de Estadística).
  • El escaso número de acuerdos de refinanciación al que se llega normalmente (Solamente se logró en un 2% de todos los concursos registrados en 2016, es decir, 90 acuerdos frente a 4.080 empresas concursadas).
  • La mejora pendiente en la agilización y simplificación del proceso, para lo que se ha tendido a la individualización del órgano de AC, frente al órgano colegiado para la generalidad de los casos que se tenía anteriormente.
  • La adaptación de los procedimientos concursales a las PYMES.
  • La utilización de la mediación concursal también en el caso de las personas jurídicas. (El 96% de las mediaciones concursales corresponde a personas físicas a punto de declararse insolventes, mientras solo un 4% es de personas jurídicas o empresas).
  • La mejora en la profesionalización del órgano de AC mediante un refuerzo de los requisitos para optar a esta profesión, endureciendo la acreditación de los años de experiencia e implantando un examen de acceso.
  • También mediante la creación de sociedades profesionales dedicadas a temas de insolvencia y Administración Concursal, conformadas por al menos 10 profesionales multidisciplinares y permitiendo así abarcar grandes concursos de acreedores en materia de número de empleados, activos, facturación o número de acreedores.

Autor del artículo: D. Gonzalo Iñigo Serrat

Economista y Asesor Legal. Actualmente Consultor Junior en la firma. Bibliografía utilizada en el artículo:
Artículo de Cinco Días del 17 de Marzo de 2017 elaborado por RAQUEL DÍAZ GUIJARRO informando sobre la propuesta de los economistas de REFOR (Registro de Expertos en Economía Forense) al FMI para una modificación de la Ley Concursal que disminuya el porcentaje de liquidaciones y que tenga más en consideración a las PYMES.
Blog jurídico “CONCURSOS Y SOCIEDADES” de ENRIQUE MORENO, Profesor titular de la Universidad Rey Juan Carlos especializado en Derecho Mercantil. Entradas utilizadas:
- 22 de Marzo de 2017 sobre la tendencia de la actividad concursal en España.
- 5 de Octubre de 2016 sobre las modificaciones de la Ley Concursal referidas a los sujetos que pueden solicitar el concurso de acreedores en la persona jurídica.
Portal jurídico www.lawyerpress.com, utilizando los siguientes artículos:
- Artículo del 5 de Marzo de 2017 sobre la Adjudicación de los Procedimientos Concursales en los Juzgados de Madrid y Barcelona.
- Artículo del 16 de Mayo de 2016 sobre el descenso en el número de Concursos de Acreedores y del Activo concursado de éstos en los últimos años.

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2 Comments to “ Evolución de la actividad concursal y asignaturas pendientes”

  1. Esta genial el articulo. Un cordial saludo.

    1. Muchas gracias Berta, no dejes de leernos. Seguro que encontrarás más contenido interesante en nuestro blog.
      Un saludo,
      Gonzalo Iñigo Serrat

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